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Jalisco en “Botón de Emergencia”

Escrito por: Redacción

Fecha de publicación: 1 noviembre, 2020

Jalisco en “Botón de Emergencia”
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Con el objetivo de frenar la tasa de contagios de COVID-19 el El Gobierno de Jalisco activa el “Botón de Emergencia” para todala Entidad y algunas actividades se verán afectadas por las noches y los fines de semana. 

El periodo de suspensión de actividades inicia el viernes 30 de octubre y termina el viernes 13 noviembre y es de aplicación para todo el Estado de Jalisco. Los horarios de suspensión serán:

Lunes a viernes, de 19:00 a 06:00 horas del día siguiente.

Fines de semana: de 06:00 del sábado a 06:00 del lunes siguiente.

Para el caso de Puerto Vallarta, los horarios de suspensión sólo serán en el horario nocturno:

Lunes a domingo: de 20:30 a 06:00 horas del día siguiente.

NOCHES

Actividades que deberán suspender operaciones:

Actividades económicas, comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.

Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.

Plazas, centros y corredores comerciales.

Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales.

Mercados públicos y tianguis.

Oficinas corporativas.

Actividades culturales, recreativas y deportivas.

Unidades deportivas y bosques urbanos.

Actividades y ceremonias religiosas.

Reuniones de más de 10 personas.

Eventos sociales y privados.

Servicio de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.

Actividades que podrán operar con normalidad son:

Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.

Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.

Tiendas de conveniencia y abarrotes.

Industria y operación logística.

Servicios de seguridad públicos y privados.

Equipos de auxilio y protección civil.

Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.

Servicio postal, paquetería y mensajería.

Gasolineras y gaseras.

Ajustadores de compañías aseguradoras.

Servicios de taxis (no plataforma).

Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.

Hoteles, sin actividad en áreas comunes.

Servicios funerarios.

Transporte público de acuerdo con el apartado correspondiente de ete documento.

Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones comerciales respectivas.

FINES DE SEMANA

Actividades que deberán suspender operaciones:

Actividades económicas comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.

Comercios misceláneos, como papelerías, ferreterías, tlapalerías y mercerías.

Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.

Plazas, centros y corredores comerciales.

Mercados públicos y tianguis.

Actividades culturales, recreativas y deportivas.

Unidades deportivas y bosques urbanos.

Actividades y ceremonias religiosas.

Reuniones de más de 10 personas.

Eventos sociales privados.

Servicios de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.

Actividades que podrán operar con normalidad:

Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.

Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.

Tiendas de conveniencia, abarrotes, carnicerías, cremerías y tortillerías con excepción de los que operan en supermercados, bodegas, mercados públicos y tianguis.

Producción de alimentos básicos y perecederos.

Industria y su operación logística.

Servicios de seguridad públicos y privados.

Equipos de auxilio y protección civil.

Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.

Servicio postal, paquetería y mensajería.

Gasolineras y gaseras.

Ajustadores de compañías aseguradoras.

Servicios de taxis (no plataforma).

Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.

Hoteles, sin actividad en áreas comunes.

Servicios funerarios.

Mercado de abastos y mercado del mar, solo operación de bodegas de perecederos (no se permite atención al público).

Transporte público con restricción de horarios, unidades y sólo para personal esencial (personal de salud, de seguridad pública y privada, farmacias y gasolineras).

Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones respectivas.

Más información en el enlace:

https://botondeemergencia.jalisco.gob.mx/

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